Las teorías de la pena y su aplicación en el Código Penal
Resumo
La palabra pena proviene del latín poena, que significa castigo, tormento
físico, padecimiento, sufrimiento. Para el desarrollo del presente ensayo, el
concepto de pena se plantea como un concepto formal del derecho, en tal sentido,
la pena es la sanción jurídica aplicable a quien viola la norma jurídica prohibitiva.
Es un “mal” que debe imponerse al culpable o responsable de la comisión de un
delito. Es una figura previamente creada por el legislador, en forma escrita y
estricta, al amparo del “principio de legalidad”[1]
, donde toda persona debe ser
castigada si el hecho está previsto en la ley como delito con anterioridad a la
comisión del mismo. Este principio, es el pilar del Derecho Penal, representado
por el apotegma latino: nullum crime, nulla poena sine lege.[2]
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Referências
Santa Rosa. Perú, 2000, p.70; y VILLA STEIN, Javier: Derecho Penal. Parte General. Edit. San
Marcos. Lima, 1998, p. 101.
Su fundamento constitucional se encuentra en el artículo 2.24.D de la Constitución (1993),
que indica que: “nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse
no esté previamente calificado en la ley de manera expresa e inequívoca, como infracción punible;
ni sancionado con pena no prevista en la ley”.
COBO DEL ROSAL, M. Y VIVES ANTON, T.: Derecho Penal. Parte General. 3º Ed.
Tirant lo Blanch. Valencia, 1990, p.616.
Se llama sistema vicarial, cuando la sanción penal constituye una pena privativa de libertad,
impuesta por tiempo determinado y después se cumple una medida de seguridad, o a la inversa.
Debemos entender como control social al conjunto de medios sociales o con repercusiones
sociales que sirven para ordenar y regular el comportamiento humano externo en muy diversos
aspectos. El control social no solo establece los límites de la libertad sino que es un instrumento
que tiene como fin, que sus miembros puedan vivir en sociedad.
VILLA STEIN, Javier. Ob.cit., p. 449.
BRAMONT-ARIAS TORRES, Luis Miguel. Ob.cit., p. 71.
Metafísica de las Costumbres, Madrid, 1989, p.165.
Filosofía del Derecho; Edit. Claridad, Buenos Aires, 1937, p 202.
Fin y Justificación de la Pena y Medidas de Seguridad. –Determinación Judicial de la
Pena-. Compilador J.B. Maier. Ed. Del Puerto, Buenos Aires, 1993. p. 19.
ZAFARONI, Raúl E.: Tratado de Derecho Penal. Parte General, Ediar. Buenos Aires, 1987,
T.1. p. 84.
BRAMONT-ARIAS TORRES, Luis Miguel. Ob.cit. p. 76.
HURTADO POZO, José: Manual de Derecho Penal. Parte General. EDDILI, Lima, 1987.
p. 50.
ROXIN, Claus: Sentido y Límites de la Pena Estatal. En problemas básicos de Derecho
Penal, traducido por Luzón Peña. Ed. Reus, Madrid, 1976, p 19 y ss.
Decreto Legislativo Nº 635, Promulgado 03 de abril de 1991.
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