EL TRATAMIENTO DE LAS «FALTAS» EN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL DE 2004

Autores

  • Laurence Chunga Hidalgo

Resumo

En el Perú, el estudio del proceso de faltas y de las faltas mismas se reduce a los
comentarios accidentales que los estudiosos del derecho penal le permiten en la medida en
que le son necesarios para distinguir la autonomía de la teoría del delito. De hecho, las
definiciones recogidas en la legislación, doctrina y jurisprudencia comparada nos exigen
necesariamente conocer que es el delito, para poder entender que es una falta. La falta, en
consecuencia, sería un apéndice, una añadidura, de la teoría general del delito1
. Y sólo es
definible en la medida que se relaciona con el concepto de delito. Así, por ejemplo, los arts.
10 y 13 del Código penal español, nos permite deducir que, falta es toda aquella infracción
a la ley penal que se sanciona con un pena leve.

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Publicado

07-01-2010

Como Citar

Hidalgo, L. C. (2010). EL TRATAMIENTO DE LAS «FALTAS» EN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL DE 2004. Revista DCS, 7(21). Recuperado de https://ojs.revistadcs.com/index.php/revista/article/view/1249

Edição

Seção

Artigos