REINCIDENCIA Y NE BIS IN IDEM (LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ARTÍCULOS 1º Y 2º DE LA LEY Nº 28726)
Resumo
son base de nuestro sistema jurídico y matriz mediante la cual los legisladores
elaboran la normatividad, la misma que a su vez deberá ser consistente con el
texto constitucional, respetando tales principios y derechos contenido en ella.
El presente artículo, refleja una crítica a la incorporación de la Reincidencia
dentro de la normatividad penal peruana por ser contraria al principio de Ne bis
idem y por tanto de naturaleza Inconstitucional. Aunque, si bien es cierto, el
principio antes mencionado ya no está expresamente regulado en el texto
constitucional de 1993, existen garantías constitucionales en las que tal principio
aún se encuentra inmerso y cuyo contenido sigue siendo de naturaleza
constitucional.
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Referências
BRAMONT ARIAS, Luis y Luis Bramont Arias-Torres. Código Penal
anotado, 4° Edición, San Marcos, Lima, 2001.
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CABANELLAS, Guillermo. Diccionario Jurídico Enciclopédico. 27°
Edición, Editorial Heliasta, Tomo V y VII, pp 112- 564.
-
EZAINE, Amado. Diccionario de Derecho Penal. Sexta Edición, Ediciones
Jurídicas Lambayeque, Chiclayo-Perú, 1977.
-
ROXÍN, Claus; Artz Gunther y Klaus Tiedmann. Introducción al Derecho
Penal y al Derecho Procesal Penal. Barcelona, Ariel, 1989.
-
Constitución Política de 1979.
-
Constitución Política de 1993.
-
Código Penal Peruano de 1991.
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Ley N° 28726, del 09 de mayo de 2006.
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