LA VIOLACIÓN DE LA INTIMIDAD, VIOLACIÓN DE DOMICILIO Y VIOLACIÓN DEL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES EN EL DERECHO PENAL
Resumo
El Capitulo II, del Título IV (Delitos contra la Libertad), del Libro Segundo del Código Penal[1], regula los delitos contra la intimidad, de lo que se puede deducir que la intimidad se encuentra estrechamente vinculada con la con la libertad individual de cada persona. El codificador de 1991, consideró que la afectación de la intimidad personal y familiar atenta contra la libertad individual de la persona, estableciendo así el bien a protegerse dentro de los derechos propios de la persona y su libertad individual.
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